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Kit Consulting

Somos Asesores Digitales
Es el momento de darle un impulso a tu empresa y no pagas nada por ello.

¿Qué es el Kit Consulting?

Kit Consulting es el programa de ayudas del Gobierno de Españaque permite a pymes como la tuya diseñar la hoja de ruta para sutransformación digital.

El Kit Consulting es un innovador programa diseñado para acompañar a las empresas en su proceso de digitalización. Este servicio proporciona un enfoque integral y especializado que comienza con un análisis exhaustivo de la situación actual de la empresa, seguido de una auditoría detallada para identificar puntos de optimización digital. El objetivo es ofrecer un servicio de consultoría personalizado que se ajuste a las necesidades específicas de cada empresa, mediante la concesión de una subvención directa de hasta 24.000 euros.

El importe de las ayudas depende del número de empleados:

Hasta 12.000 € de subvención para empresas entre 10-49 empleados/as.
Hasta 18.000 € de subvención para empresas entre 50-99 empleados/as.
Hasta 24.000 € de subvención para empresas entre 100-249 empleados/as.

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Servicios

Conoce todos los servicios

Servicio de Asesoramiento en IA (Básico)
Servicio de Asesoramiento en Análisis de Datos (Básico)
Servicio de Asesoramiento en Análisis de Datos (Avanzado)
Servicio de Asesoramiento en Ventas Digitales (Básico)
Servicio de Asesoramiento en Procesos de Negocio o Proceso de Producción (Básico)
Servicio de Asesoramiento en Estrategia y Rendimiento de Negocio (básico)
Servicio de Asesoramiento en Ciberseguridad (Básico)
Servicio de Asesoramiento en Ciberseguridad (Avanzado)
Servicio de Asesoramiento en Ciberseguridad (Preparación para Certificación)
Servicio de Asesoramiento «360» en Transformación Digital
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Requisitos

Requisitos para solicitar el bono Kit Consulting

✓ Ser una pequeña empresa o mediana (entre 10 y 249 trabajadores).
✓ Cumplir los límites financieros y efectivos establecidos en la categoría de tu empresa.
✓ Estar dado de alta y cumplir con la obligatoriedad mínima establecida en la convocatoria.
✓ No tener consideración de empresa
en crisis.
✓ Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
✓ No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea, por una ayuda ilegal o incompatible.
✓ No incurrir en ninguna prohibición del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
✓ No superar el límite de ayudas.

Nulla aesthetica sine ethica
Say Hello Salut Hola Ciao Namaste